Por Palabras al Margen
En la Sierra Nevada de Santa Marta (SNSM) retumbaron los gritos de las y los arhuacas(os) quienes en el mes de noviembre de este año, al unísono de sus voces, exigían con fuerza y dignidad el respeto por su territorio ancestral en la ciudad de Valledupar.
En la capital del departamento del Cesar, el Pueblo Arhuaco dejó sentado su precedente, declarar a la SNSM libre de minería, hidrocarburos y megaproyectos. Entre tanto, el gobierno colombiano al ser convocado por las(os) arhuacas(os), asistió con precaución a los espacios de concertación, limitándose así a ofrecer declaraciones cuyos alcances no lograban esclarecer muy bien la resolución de definir un acuerdo específico para formalizar ante la ley, la demanda arhuaca.
Entonces, empezaron a circular en las redes sociales algunas afirmaciones de los “altos” funcionarios del Estado colombiano en donde se ratificaba el compromiso gubernamental de avanzar en esta petición; para citar un ejemplo, el ministro de Ambiente Luis Gilberto Murillo manifestó lo siguiente: “el Gobierno Nacional tiene el propósito de tener una Sierra Nevada de Santa Marta libre de minería, por eso hemos tomado la decisión de congelar cerca de 585.000 hectáreas para que en esta zona no se dé ningún título minero o concesión minera y vamos a crear unas zonas de protección (…) Hoy no hay proyecto de minería a gran escala, ni vamos a tener alguno. Esta es una decisión muy importante para el país que garantiza que conservemos ese ecosistema tan importante para la región, para el país y para la humanidad” (Ministerio de Ambiente, 2017).
Detengámonos un momento sobre esta interesante afirmación: en primer lugar, la exigencia del Pueblo Arhuaco se concentra en la SNSM no en unas hectáreas; en segundo lugar, no se trata de consolidar zonas de protección ambiental como argumenta reiterativamente el gobierno colombiano, consiste en reconocer la ancestralidad de un territorio en donde se concibe la vida en todas sus formas: mineral, vegetal, animal y humana; en tercer lugar, la inexistencia de un proyecto de minería a gran escala, no quiere decir que no se vayan a otorgar licencias de extracción minera o de hidrocarburos, sobretodo en un escenario en el cual la política económica del actual gobierno ha girado en función de fortalecer la inversión extranjera directa en los campos minero-energéticos.
En este sentido, ¿quiénes se favorecen con la extracción mineral y petrolera?, ¿somos realmente beneficiarios de una política en donde los elementos naturales se convierten en recursos? ¿En razón de quién juega la Ley, los programas y las políticas institucionales? Se dedicaron a mandatar la naturaleza sin ni siquiera comprender su dinámica. Entorno a esto, la identificación de otros mundos (el mineral, el vegetal, el animal y el humano), presupone el reconocimiento de un pluriverso contenido al interior del planeta tierra, en el que cada universo se encuentra conectado, “los humanos-el humano es una abstracción inerte- y la naturaleza son parte de un continuum cósmico, diferentes pero convergentes constelaciones de materialidad y espiritualidad, entidades vivientes con ciclos vitales que se reproducen y florecen en la medida en que se complementan” (Sousa, 2016). De acuerdo con esto, la humanidad no es el producto de la conquista de la naturaleza, sino el reflejo de la obediencia de sus leyes.
Sin embargo, desde la tan mal afamada autoridad científica y política, se insiste en la inevitable consecuencia lógica de la evolución humana, que presupone la conquista de la naturaleza, razón por la cual pareciese un deber apropiarse del espacio natural para dominarlo y convertirlo en un producto, una ganancia, un usufructo. Bajo este direccionamiento, la configuración del Estado colombiano se ha ido constituyendo a partir de la delimitación del espacio en función de la materialización de intereses particulares, que se transforman pero que determinan un modelo particular de apropiación-acumulación de recursos, pasando así de la expansión del monocultivo y la ganadería a la explotación de los minerales e hidrocarburos.
En esta división geográfica conocida como ordenamiento territorial, se institucionalizaron espacios para diferenciar los lugares, las regiones, los territorios étnicos pero también para identificar en dónde se podrían incentivar los programas de inversión económica, razón por la cual los territorios ancestrales indígenas y afrodescendientes también fueron fraccionados. Por este motivo, en un mismo territorio se encuentra un título colectivo indígena o afrodescendiente, una reserva natural, un área de explotación forestal o de extracción mineral.
Frente al reconocimiento de la propiedad colectiva al interior de un marco legal que persigue la explotación de la naturaleza, la figura del resguardo, cuya herencia colonial no ha perdido su significado, se establece como el resultado de la formalización de un título colectivo que si bien sirvió como recurso jurídico para salvaguardar los derechos territoriales de los Pueblos indígenas, reduce-limita la visión ancestral del territorio, cuyos confines no contemplan la forma de organización territorial promovida por el Estado colombiano, ya que en estos territorios se mandatan y se cumplen otras leyes provenientes del entorno natural y cultural. Este es el caso de la Ley de Origen en la SNSM promovida por una normatividad interna que además de fortalecer los procesos culturales, políticos, sociales y económicos de la comunidad, antepone la defensa y protección del territorio ancestral delimitado por la Línea Negra, límite tradicional que fue reconocido por el Ministerio de Gobierno en la Resolución No 000002 del 4 de enero de 1973, gracias a un proceso de movilización concebido desde la organización del Pueblo Arhuaco.
La Línea Negra ha sido el primer referente organizativo territorial indígena en Colombia que logra sobrepasar los alcances del Resguardo, ya que el área en su conjunto contiene la extensión del territorio, el cual en este sentido se encuentra dividido por las fronteras interétnicas de los cuatro pueblos que habitan allí (Arhuacos, Koguis, Wiwas y Kankuamos). Antes de la declaración de este mandato inscrito en la Ley de Origen, la SNSM fue cedida al Estado del Magdalena en 1871 (Pumarejo & Morales, 2003), posteriormente pasó a formar parte de la jurisdicción de tres departamentos (Magdalena, Cesar y Guajira) (Borja, 1996) para convertirse en Parque Nacional.
Con la formalización de la Línea Negra, el proceso de titulación colectiva adelantado por el INCORA1 se fue llevando a cabo y cada uno de los Pueblos recibió un título colectivo particular, que dentro de esta lógica no logró definir el área real de cada territorio, factor que ha acelerado nuevas peticiones para ampliar o titular otras zonas que no fueron contempladas en las primeras Resoluciones constitutivas de los Resguardos. Con respecto a esto, es preocupante que en el territorio delimitado por la Línea Negra se siga hablando de explotación minera o de hidrocarburos y se presente la consulta previa, libre e informada como la única posibilidad de mediación para desarrollar proyectos de esta índole, en un territorio que tiene un mandato particular como la Ley de Origen, que prohíbe cualquier tipo de intervención o apropiación de los elementos naturales.
En la dinámica gubernamental respaldada por la Ley del Estado colombiano, el desconocimiento de otras formas de apropiación territorial o territorialidad que logran dinamizar las lógicas comunitarias y culturales, ha llevado al Pueblo Arhuaco a manifestarse, movilizarse y declarar desde la Ley de Origen a la SNSM como un territorio libre de minería, hidrocarburos y megaproyectos. Este mandato arhuaco tuvo lugar en el contexto de la Minga en donde nació la idea de defender los derechos territoriales para salvaguardar a la Sierra de la avanzada de estos proyectos de inversión económica. Para llamar la atención de los “altos” funcionarios del gobierno, la población realizó una caminata con 2,300 arhuacos provenientes de las diferentes zonas del territorio para consolidar una reunión con estas autoridades gubernamentales. Si bien el gobernador del departamento del Cesar, Francisco Ovalle, se comprometió a apoyar el establecimiento de este espacio de decisión, los días pasaban y las entidades no aparecían, elemento que llevó a las(os) arhuacas(os) a movilizarse hacia la gobernación en donde se encontraron con los bolillos y gases lacrimógenos del Escuadrón Móvil Anti Disturbios (ESMAD), allí resultaron heridos dos niños, dos mujeres y un hombre.
Las escenas e imágenes de la lamentable actuación del ESMAD circularon de manera instantánea por las redes sociales y el Pueblo Arhuaco recibió apoyo nacional e internacional, y de repente también el gobierno nacional se pronunció, instalándose así la primera reunión de alto nivel. Este espacio estuvo acompañado por la presencia de la población arhuaca que, como la primera vez, se transportó hasta Valledupar para seguir el proceso. En el marco de esta concertación, los funcionarios del Estado colombiano fueron retrasando la negociación, aspecto que promovió una tercera movilización que llegó hasta una de las entradas de la ciudad (puente vehicular de Hurtado) para exigir la respuesta de los funcionarios del gobierno. Ante la presión de la población se logró consolidar un primer acuerdo en el que el equipo técnico arhuaco se comprometió a entregar un documento con el instrumento que aclararía la ruta legal (borrador de Decreto-Ley), para formalizar la propuesta de la declaración del Pueblo Arhuaco. Esperando la respuesta del gobierno y la instalación de una nueva mesa de diálogo el 16 de diciembre, las(os) arhuacas(os) volverán a caminar las calles de la ciudad para respaldar las decisiones de sus autoridades y cumplir con decisión los mandatos de la Ley de Origen.
Este momento histórico debe servir de referente para unificar los criterios a nivel regional, nacional y departamental; el mandato del Pueblo Arhuaco sustentado en la Ley de Origen debe superar las instancias de concertación con el gobierno colombiano. Este ejercicio de movilización nos lleva a proponer alternativas propias de organización territorial, sustentadas en las otras miradas, esas mismas que han ido cumpliendo sus leyes originarias estructuradas en función de un relacionamiento inherente entre la naturaleza y la comunidad, se debe mandatar desde la visón expandida de un territorio, no desde una mirada fragmentada de un Resguardo. Debemos seguir creyendo en la consolidación de una visión integral de defensa territorial que a la par qdignifique los derechos desde la ley colombiana, determine mecanismos propios de acción y control desde la lectura propia autónoma del gobierno indígena. Si bien es necesario incidir en estos espacios de concertación con las entidades del gobierno colombiano, no se debe dar espera al cumplimiento de los acuerdos, ya que estos, por la misma dinámica burocrática del Estado, podrían retrasar los procesos de salvaguarda que desde la fortaleza interna ya se vienen discutiendo desde hace cientos de años.
Referencias
Sousa, Boaventura. (2016). Prólogo, en: “Prácticas otras de conocimiento(s).” Entre crisis, entre guerras, México, pp 15.
Ministerio de Medio Ambiente. (2017). Con cerca de un millón de hectáreas se protegerá la Sierra Nevada de Santa Marta de la minería: Minambiente, disponible en: http://www.minambiente.gov.co/index.php/noticias/3403-con-cerca-de-un-millon-de-hectareas-se-protegera-la-sierra-nevada-de-santa-marta-de-la-mineria-minambiente
Pumarejo, A & Morales, P. (2003). La recuperación de la memoria histórica de los Kankuamos: un llamado de los antiguos, Universidad Nacional de Colombia: Bogotá
Borja, Miguel. (1996). Estado, Sociedad y ordenamiento territorial en Colombia, IEPRI: Bogotá.
.
Para tener más información sobre la página y nosotrxs, nos puedes escribir al mail: ecofeminismo.bolivia@gmail.com
No hay comentarios.:
Publicar un comentario